Libertad Provisional
Se garantiza mediante tres tipos de fianzas, las cuales se pueden subdividir en 3 rubros principales, que son las obligaciones procesales, la posible reparación del daño y la posible sanción pecuniaria. A continuación se enuncian sus conceptos:
Libertad Preparatoria
Garantiza las presentaciones del sentenciado después de haber cumplido una parte de la pena en prisión, impuesta en la sentencia definitiva. Deberá haberse cubierto la
mitad de la condena si se trató de delito imprudencial, o tres quintas partes de la misma, si el delito fue de naturaleza intencional.
Libertad condicional
Se otorga al responsable en la comisión del delito imputado una vez que se le ha condenado en sentencia definitiva a la pena de prisión por un delito considerado como no
grave y que además haya cubierto la reparación del daño al que fue sentenciado y en su caso también con el pago de la sanción pecuniaria a la que fue condenado; esta fianza
garantiza las presentaciones del sentenciado ante la autoridad judicial o administrativa que corresponda durante todo el tiempo por el cual se la haya conmutado la pena de
prisión por su libertad.
Libertad Monitoreada
También conocida como vigilancia electrónica o brazalete, y se otorga al sentenciado para que pueda cumplir con su sentencia en un lugar determinado sin tener que quedar internado en un centro penitenciario y bajo la vigilancia de autoridad competente.
REQUISITOS PARA SU EMISIÓN